Medicaid Información sobre los beneficios

 

Beneficio: Podólogo

Definición: Médico especializado en las alteraciones de los pies, tobillos, rodillas, piernas y caderas (extremidades inferiores).

Límites:  Los servicios de podología están limitados a:

  • Una consulta al podólogo al día, sin superar las dos consultas al mes (excepto en casos de emergencia);
  • Un servicio en instalaciones de atención de estancia prolongada o de atención de custodia al mes, por receptor, por proveedor o por grupo de proveedores (excepto para emergencias) con la derivación por parte del médico; y
  • Una evaluación y gestión de paciente nuevo por receptor, cada tres años, en caso de no haber recibido servicios por parte del podólogo durante los últimos tres años. Las consultas siguientes se reembolsarán como servicios de evaluación y gestión de pacientes establecidos.

Medicaid cubre las consultas rutinarias relativas al cuidado podológico si el paciente se encuentra bajo la atención de un médico debido a una enfermedad metabólica, sufre problemas de circulación o de desensibilización de las piernas o los pies.

Medicaid no cubre las cuantías de cirugías leves, cirugías cosméticas ni procedimientos quirúrgicos experimentales o sin pruebas clínicas.

Todos los procedimientos quirúrgicos opcionales requieren de autorización previa, excepto en el caso de los menores de 20 años que hayan recibido exploraciones dentro del programa de Exploraciones de la Salud Infantil en un plazo de 12 meses antes de la operación.

Los beneficiarios pueden recibir hasta cuatro consultas del podólogo sin la autorización de su proveedor de MediPass.

Excepciones: El proveedor puede solicitar una autorización para el reembolso de servicios que excedan las limitaciones de los servicios.

Copagos: Existe un copago de $2 por beneficiario para los servicios de podología, por proveedor, por día, excepto exentos.

Elementos de Reform que pueden variar: Ninguno